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Saca partido a las medidas económicas del Gobierno ante el COVID-19
Redactado por: Chamaida Ventura

MEDIDAS ECONÓMICAS DEL GOBIERNO ANTE EL CORONAVIRUS: CÓMO SACARLES TODO EL PARTIDO
Te asesoramos a nivel legal
En estos momentos complicados que vivimos, toda ayuda que podamos darnos los unos a los otros es poca. Toca adaptarse a esta situación nueva y desconocida. Por ello, animo a todas las agencias y marcas a que colaboremos entre nosotros para salir antes de la crisis.
Desde mi perspectiva, como socio de Klawter y abogado, veo con preocupación que uno de los problemas a los que nos enfrentaremos es la falta de liquidez y la necesidad de pagar a nuestros proveedores. Por ejemplo, me refiero a los presupuestos promocionales de Google y Facebook, que por su naturaleza transnacional no sabemos hasta qué punto se adaptarán al contexto español.
Por ello, instrumentos como el confirming o el anticipo de facturas, entre otros, se harán más necesarios que nunca. En este contexto, el gobierno ha sacado adelante algunas medidas para inyectar liquidez a la economía, como son:
- El aplazamiento del pago de las deudas tributarias.
- La línea de avales públicos ofrecida por el gobierno.
- La ayuda a los autónomos que han disminuido ingresos o cesado su actividad.
Te las desglosamos para que puedas sacarles todo el partido.

Responderemos todas tus dudas jurídicas para que los compañeros de profesión, clientes o proveedores puedan tener un apoyo en nosotros. Fotografía de RawPixel.
Aplazamiento de las deudas tributarias
La principal novedad es que permite fraccionar el pago de impuestos que normalmente no está permitido, por un valor máximo de 30.000€ y hasta un plazo máximo de seis meses.
Los impuestos que se pueden fraccionar son los siguientes:
- Las famosas retenciones a profesionales o lo que se conoce como ingresos a cuenta (modelos 111, 115, 123).
- El IGIC (modelo 420).
- Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (modelos 202 y 222).
Hasta la fecha, el gobierno no ha aplazado el momento de declarar las autoliquidaciones, con lo que con toda probabilidad tendremos hasta el próximo 20 de abril para declarar estos impuestos. Lo que sí podremos aplazar es el momento del pago, siempre que nuestra empresa haya facturado menos de seis millones de euros el año pasado. La manera de acogerse a este tipo de aplazamiento, según eleconomista.es, es prestando atención a los siguientes campos:
- Tipo de garantías ofrecidas: marcar la opción «Exención».
- Propuesta de plazos; nº de plazos: incorporar el número «1».
- Periodicidad: marcar la opción «No procede».
- Fecha primer plazo: se debe incorporar la fecha correspondiente a contar un periodo de seis meses desde la fecha de fin de plazo ordinario de presentación de la autoliquidación (por ejemplo, la autoliquidación mensual de IGIC MOD 420 del mes de febrero vence el 30 de marzo, de manera que la fecha a incluir sería 30-09-2020).
La AEAT destaca como muy importante indicar en el campo Motivo de la solicitud la expresión «Aplazamiento RDL».

Permite fraccionar el pago de impuestos que normalmente no está permitido, por un valor máximo de 30.000€ y hasta un plazo máximo de seis meses. Fotografía de RawPixel
Línea de avales públicos
Los avales públicos tienen como finalidad poder refinanciar deudas ya existentes u obtener nuevas líneas de financiación.
En este sentido, el gobierno no ha determinado las vías de acceso a los mismos (habrá actualización).
El destino de esta línea de avales puede ser diverso, desde la citada refinanciación de deuda con entidades públicas o privadas a los pagos de facturas, necesidades de tesorería o equipos de la empresa. Lo fundamental en esta situación es que las empresas no sucumban a la crisis sanitaria por una falta de liquidez en el sistema. En todo caso, las entidades de crédito aún no tienen suficiente información y tampoco nos consta que hayan desarrollado la normativa para este tipo de medidas.

Lo fundamental en esta situación es que las empresas no sucumban a la crisis sanitaria por una falta de liquidez en el sistema. Fotografía de RawPixel.
Ayuda para autónomos
Los autónomos, que son el 18% de la fuerza laboral de este país, no se quedan solos y podrán recibir ayudas.
Así, toda persona física en régimen de autónomo que haya visto afectada de manera total su actividad por el estado de alarma, o que haya disminuido sus ingresos en un 75% podrá solicitar la ayuda por cese de actividad.
Esta ayuda supone unos 661€, si se cotiza por la base mínima. Una entidad gestora se hará cargo del proceso y cotizará por el autónomo, por lo que este mantendrá el alta en la Seguridad Social.
Esta prestación se cobrará a mes vencido y será prorrogable un mes.

Toda persona física en régimen de autónomo que haya visto disminuido sus ingresos en un 75% podrá solicitar la ayuda por cese de actividad. Fotografía de RawPixel.
Relación con trabajadores, proveedores y clientes
Por último, quiero abordar en un cuarto punto las relaciones con las marcas, con los trabajadores, con los proveedores y con los clientes.
Hay dos medidas que han pasado desapercibidas por no afectar de manera significativa a la sociedad, pero que son muy inspiradoras con respecto a la generosidad y la necesidad de altura de miras que requieren esta crisis. La primera es la suspensión de los plazos de devolución de productos y la segunda, la suspensión de la portabilidad entre compañías de teléfono durante el estado de alarma.
Como vemos, se quiere proteger al consumidor y, a su vez, evitar las campañas comerciales por ganar cuota de mercado en un momento tan difícil para los consumidores. Por tanto, esta relación entre marcas deberá ser sana. Aportar al cliente y a los colegas de profesión en este contexto es fundamental.
Pero si la competencia es un tema delicado, la relación con los proveedores, trabajadores y colaboradores es un tema aún más espinoso, en el que se deberá de actuar con gran generosidad. En el ámbito laboral, la realidad es que no todos los expedientes de regulación temporal de empleo están siendo admitidos. Por tanto, la posibilidad de realizarlos no está siendo tan sencilla como se nos ha anunciado desde el gobierno. Sin embargo, la participación de los trabajadores en estos procesos, más allá de la representación legal de los mismos, es de mucha utilidad. En el ámbito de contratación mercantil con clientes o proveedores la posible cancelación de contratos suscritos por las partes es una posible realidad y la casuística puede ser muy variada.
Hoy más que nunca, tu marca ha de estar segura en el ámbito digital, pero también en el ámbito offline. De esta forma podrás seguir navegando ante las adversidades de la crisis a la que nos enfrentamos.

Proteger al consumidor y evitar las campañas comerciales por ganar cuota de mercado. Mantener una relación sana entre marcas. Fotografía de RawPixel.
Este virus, lo paramos unidos.
Por ello, en estos momentos donde todos tenemos que arrimar el hombro y donde pueden surgir preguntas legales, dedicaré un tiempo del día a responder dudas jurídicas de toda índole para que los compañeros de profesión, clientes o proveedores puedan tener un apoyo en nosotros. No somos especialistas, pero lo consultaremos con nuestro equipo.
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